De acuerdo con lo dispuesto en el RD 235/2013, de 5 de abril, a partir del 1 de junio de 2013 todos los edificios, viviendas y locales que vayan a ser arrendados o vendidos, han de disponer de CERTIFICADO ENERGÉTICO.
¿Qué es la certificación energética?
Se trata de un certificado por el que se verifican las características energéticas, obteniendo así una calificación energética.
¿Es obligatoria la certificación energética?
Sí, aunque existen algunas excepciones, el RD 235/2013 de 5 abril, exige dicho certificado al propietario de un edificio, vivienda o local que vaya a ser vendido o arrendado. También es exigible a los edificios de nueva construcción. Además, la etiqueta de eficiencia energética debe figurar en toda oferta, promoción y publicidad dirigida a la venta o alquiler de la vivienda o local. Las inmobiliarias deberán exhibir la etiqueta energética en sus anuncios. El incumplimiento de estos preceptos será considerado una infracción sancionable.
¿Pueden exigir los inquilinos o compradores el certificado a los propietarios?
Sí. El propietario tiene la obligación de tener dicho certificado si la propiedad no está exenta de su cumplimiento. Cualquier persona o asociación de consumidores le podría denunciar por incumplimiento.
¿Qué técnicos realizan la certificación energética?
La normativa establece que pueden realizar los certificados energéticos los Ingenieros Industriales, Arquitectos, Arquitectos Técnicos e Ingenieros Técnicos Industriales.
¿Qué aporta el certificado?
El certificado permitirá determinar la calidad de la vivienda desde un punto de vista de ahorro energético. La etiqueta energética clasifica los edificios desde la A (más eficiente) a la G (menos eficiente). Un buen certificado permitirá detectar dónde se producen los gastos innecesarios en instalaciones debidos a malas condiciones de la vivienda o instalaciones, permitiendo al propietario aumentar la calidad de la vivienda que desea vender o alquilar. Los inquilinos o nuevos propietarios podrían beneficiarse de ahorros de hasta el 31%.
¿Qué validez tiene el certificado?
El certificado tiene una validez de 10 años, por lo que su repercusión anual es muy baja. Los potenciales ahorros a obtener superan con creces el coste del certificado.
¿Existirán sanciones si no se dispone del certificado?
No tener el certificado implica una infracción en materia de consumidores y usuarios, así como una infracción en materia de certificación de eficiencia energética. Las sanciones pueden ser de hasta 600.000 euros, en función su gravedad. Puesto que la etiqueta energética debe incorporarse a toda oferta, promoción y publicidad dirigida a la venta o alquiler, se podría sancionar a propietarios o a inmobiliarias.
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