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Certificación de eficiencia energética de edificios

En el RD 235/2013 de 5 de abril se aprueba el procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de edificios, por el cual se establece la obligación de  poner a disposición de compradores y usuarios de edificios de un certificado con una valoración objetiva sobre la eficiencia energética. Será de obligado cumplimiento para vendedores y arrendadores.

No obstante, hemos de decir que desconocemos por el momento, si las comunidades de propietarios han de contar por si mismas con esta certificación. Parece claro que el propietario arrendador de una vivienda que pretenda alquilarla si deberá obtener esta certificación y aportarla al arrendatario.

En nuestra empresa ya nos hemos puesto en contacto con técnicos cualificados para poder ofrecerles la obtención de dicha certificación con el menor coste posible.

Modificado por última vez en Miércoles, 17 Abril 2013 12:23

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